¿Por qué el TSJ suspendió el ejercicio profesional a la abogada María Alejandra Díaz?

La jurista introdujo el recurso el 30 de octubre en representación del Frente Democrático Popular (FDP). Los magistrados del TSJ consideraron que la acción legal era «temeraria»

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible el recurso de amparo interpuesto por la abogada María Alejandra Díaz Marín contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) por no publicar de manera detallada los resultados de las elecciones del 28 de julio y además le suspendió su ejercicio profesional.

La abogada introdujo el recurso el 30 de octubre en representación del Frente Democrático Popular (FDP). El documento, además de ella, lo firmaron el economista Andrés Giuseppe y el dirigente del partido Redes Juan Barreto. De igual manera, el coordinador nacional del Bloque Histórico Popular, José Luis Ibrahim Esté. También los dirigentes del Partido Comunista de Venezuela (PCV) Oscar Figuera, Yul Jabour y Carlos Ojeda Falcón, así como el presidente de Centrados, Enrique Márquez, excandidato presidencial.

En el documento denunciaban «la ilegalidad del CNE» al omitir publicar los resultados detallados. Además, solicitaban a la Sala Constitucional del TSJ ordenar al ente electoral hacer públicas las actas de las presidenciales.

«La no publicación de los resultados de las elecciones es una clara violación del artículo 155 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) y su Reglamento General», indica el recurso presentado

Suspendieron a la abogada María Alejandra Díaz Marín

En la misma sentencia signada por la Sala Constitucional del TSJ, se ordenó también la suspensión temporal del ejercicio profesional a María Alejandra Díaz Marín. En el pasado, la abogada fungió como asesora legal del PSUV. También fue docente en la Universidad Bolivariana de Venezuela y miembro de la Asamblea Nacional Constituyente de 2017.

La suspendieron profesionalmente porque los magistrados del TSJ consideraron que la acción legal promovida por Díaz Marín fue «temeraria» (imprudente, insensata).

La abogada tendrá que pagar una multa equivalente a 100 veces el valor de la tasa de cambio más alta del BCV, alrededor de 5.500 bolívares, tomando en cuenta que la divisa referencial es el euro, que este martes figura tasado en 55,07 bolívares.

Fuente:el nacional